Privacidad Restaurada: El Nuevo Derecho al Olvido Oncológico en Seguros

[Píldoras Howden Singular]

El 28 de junio marcó un cambio significativo con la aprobación del Real Decreto-ley 5/2023. Este decreto introduce el “derecho al olvido oncológico”, liberando a los supervivientes de cáncer de la obligación de revelar su historial oncológico al contratar un Seguro de Vida Riesgo.

Después de cinco años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída, los tomadores de seguros no están obligados a declarar antecedentes oncológicos. Esta medida no solo exime de la obligación de declaración, sino que también prohíbe a las compañías aseguradoras considerar la historia oncológica en la evaluación del riesgo durante la contratación. La discriminación basada en antecedentes oncológicos queda expresamente prohibida. La aplicación de este derecho al olvido no se aplica retroactivamente a pólizas existentes antes de su entrada en vigor.

Este avance no solo aporta privacidad y dignidad a quienes han superado el cáncer, sino que redefine la dinámica de los contratos de seguros. Comprender estos cambios permite una colaboración más informada y justa en la gestión de los Seguros de Vida. ¡Esperamos que esta información sea valiosa y se comparta en beneficio de quienes han superado la batalla contra el cáncer!